CRISIS EN LA JUSTICIA DOMINICANA: DEFENSORES PUBLICOS Y JUECES NO ACEPTAN Y CUESTIONAN DESTITUCIONES DE JUECES DE SANTIAGO

CRISIS  EN LA  JUSTICIA  DOMINICANA: DEFENSORES PUBLICOS  Y JUECES NO ACEPTAN Y CUESTIONAN DESTITUCIONES DE  JUECES  DE SANTIAGO 


Otra vez enluta el consejo del poder judicial la institucionalidad del país en lo que respecta de la administración de justicia. El acto de la justicia debe mantenerse pulcro y firme respetando los derechos fundamentales con la misma fidelidad que dispensa la brújula al polo.

Ya las decisiones de los jueces no se atacan con los recursos pertinentes, sino mediante denuncias populares para que el órgano inquisidor en cuestión rinda pleitesia al desorden y a la presión.

Los cargos ahora se circunscriben a que el juez de paz Marchena otorgó una garantía económica en un caso donde la mediocridad disponía otra aberración. Aunque el imputado está presente y su proceso sigue ya está decisión de marras predispone al órgano de juicio mediante un mensaje de muerte en detrimento suyo.

De esa manera no se da ningún ejemplo, solamente nos abochorna y nos avergüenza como nación.

POSICION DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SANTIAGO SOBRE LA DESTITUCION DE LOS MAGISTRADOS LUISA GARCIA Y GABRIEL MARCHENA.

Nosotros, los Defensores Públicos de Santiago, mediante la presente declaración queremos manifestar nuestra más enérgica expresión de rechazo ante la decisión emanada del Consejo del Poder Judicial destituyendo de sus posiciones de jueces a los Magistrados Luisa García y Gabriel Marchena Adames.

Estas decisiones que sancionan con la destitución a los referidos Magistrados constituyen un precedente nefasto para el sistema de justicia de la República Dominicana. Los mismos se caracterizaron en la sagrada y elevada misión de administrar justicia por decisiones apegadas al derecho, cuyo único pecado fue no coincidir con la política de presión y persecución llevada a cabo por quienes fueron sus detractores y acusadores, quienes coronaron su labor de acoso y derribo en contra de dichos Magistrados con el triste mérito de lograr que dos Jueces ejemplares por los demostrados conocimientos técnicos, como los anteriormente citados, fueran separados de sus funciones.

Es oportuno destacar que en las decisiones emanadas por el Consejo del Poder Judicial, en las cuales se decidió separar a los Magistrados Luisa García y Gabriel Marchena Adames no se les retuvo ningún tipo de faltas que pongan en entredicho su honestidad ni las prendas morales que adornan a estos probos y competentes Jueces.

La discusión en el marco del proceso disciplinario que se les siguió a los aludidos Magistrados giró en torno a si las decisiones tomadas por estos en los casos que se les sometieron, eran conformes o no a la Constitución de la República y leyes adjetivas. En ese orden de ideas, se hace oportuno poner de relieve que estos Magistrados se legitimaron en tanto que cada una de las decisiones sometidas a su escrutinio fueron fundamentadas y sustanciadas en derecho sin que obrase ningún otro componente que no fuera la recta, inquebrantable y elevada misión de administrar justicia.

Los Defensores Públicos de este Distrito Judicial de Santiago, ciudad caracterizada por ser la pionera en levantar la voz en distintos episodios históricos en los cuales se han conculcado derechos y libertades del pueblo, como operadores de justicia de primera línea en la litigación penal, vemos con alta preocupación las repercusiones que generará en los espíritus de nuestros Jueces el dictamen disciplinario emanado del máximo órgano de control de disciplina judicial de nuestro país. No es posible que en esta ciudad prime el Reino del Miedo y que como resultado de este deplorable fallo en lo adelante los Juzgadores sientan sobre sus cuellos la afilada espada de una potencial destitución que corte de un tajo sus carreras si no emiten decisiones que, aunque apegadas al derecho, no complazcan sectores que ejercen una clara injerencia en los asunto que son de la exclusiva competencia de los Jueces, únicos con mandato para interpretar el derecho.

En el marco de un Estado Social, Democrático y de Derecho se asume como función esencial de los poderes públicos la protección efectiva de los derechos y libertades fundamentales, verdadera fuente de legitimación de estos; como consagra nuestra Carta Magna, en donde el poder judicial es el verdadero garante de este. En ese tenor, los principios de imparcialidad e independencia, esta última verdadera institución jurídica, sobre el que se ha construido las bases de nuestro sistema jurídico y político, hoy puesto en tela de juicio. Evidentemente, que la destitución de estos Honorables Magistrados, asesta un duro golpe a los postulados que acabamos de mencionar. 

Como podrá notarse a todo lo largo de este documento nos hemos referido a los ciudadanos Luisa García y Gabriel Marchena Adames como Magistrados, porque hasta tanto no se agoten todas las vías recursivas tanto del derecho nacional como supranacional, seguirán siendo Honorables Magistrados. 

Tenemos la firme convicción de que más temprano que tarde habrá de reconocerse que para la buena salud de un sistema judicial orientado en los valores y principios superiores, sancionar un Juez por emitir una sentencia que no le guste a determinados sectores, constituye un grave peligro para la concreción efectiva de la seguridad jurídica, baluarte inexorable para la construcción de un verdadero Estado Constitucional de Derecho y la vigencia misma de la democracia. 

Muy atentamente los Defensores Públicos abajo firmantes:

Licdo. Pablo R. Santos. Lic. Grimaldi Ruiz.

Lic. Bernardo Jiménez. Lic. Karen Santana. 

Lic. Marcos Romero. Lic. Daisy Valerio.

Lic. Laura Rodríguez. Lic. Gregorina Suero.

Lic. Dharianna Morel. Lic. Sandy Peralta.

Lic. Wendy Mejía. Licda. Nancy Hernández. 

Lic. Isaías Pérez. Lic. Sergio Montero

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+ Consultas en Materia Laboral (AFP y SINDICATO)

Publicado por el Periodico Hoy 
9 Octubre 2012, 11:08 PM
CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS

Especialista en derecho laboral
1. Fui cancelado hace varios meses, en donde estuve cotizando lo que establece la ley en la AFP y tengo esos fondos acumulados. Sé que esos fondos estarán disponibles cuando cumpla los 60 años. Actualmente tengo 45. Estoy sin trabajo y además enfermo, pues padezco la diabetes tipo dos. Quisiera saber si por causa de esta enfermedad puedo reclamar estos fondos, ya que como le digo, estoy además sin trabajo.

Yo recomiendo consultar su caso a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), pues me parece que usted reúne las condiciones para una afiliación en la ARS Senasa, a través del régimen subsidiado, pero eso se lo confirmarán ahí. En todo caso, los fondos en la AFP están reservados para pensiones.

2. Tengo un compañero sindicalista en una empresa. Ahora le piden que renuncie a serlo la misma empresa. Mi pregunta es ¿qué sentido tiene pedir esta renuncia? ¿Qué diferencia hay entre ser o no ser sindicalista? Si no accede ¿puede ser botado más fácilmente? Esto se le ha planteado a la mayoría de sindicalistas de esta empresa. Se les pide de palabra y no por escrito. Le piden que la renuncia sea de su puño y letra. Me parece una actitud muy irregular. Agradecería una orientación para poder decidir.

Si le están proponiendo que renuncie (ejerza el desahucio), eso es con toda seguridad, debido que goza de fuero sindical (al respecto véase Arts. 391 y 392 del CT). Si él accede a eso, lo hace por escrito, a puño-y-letra, y sin evidencias de que fue constreñido a eso, entonces, además de estar perdiendo su empleo, estaría luego impedido de alegar que se ha violado en su contra el fuero sindical previsto en el CT, pues él mismo lo decidió, en su libre discernimiento. Mis recomendaciones son las siguientes: Primero, que se quede ahí, y conserve su empleo, pues mientras él haga su trabajo y cumpla sus funciones, la empresa no puede ni despedirlo ni desahuciarlo; o sea que tiene un empleo más que seguro. Mi segunda recomendación es que si insisten mucho en que él se vaya de la empresa, entonces que negocie su salida, asegurándose que le paguen las prestaciones laborales como si se tratase de un desahucio ejercido por la empresa, y que además le paguen los meses de fuero sindical, es decir 8 meses de sueldo según el Art. 393.2 del CT.

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CRISIS EN LA JUSTICIA DOMINICANA: DEFENSORES PUBLICOS Y JUECES NO ACEPTAN Y CUESTIONAN DESTITUCIONES DE JUECES DE SANTIAGO

CRISIS  EN LA  JUSTICIA  DOMINICANA: DEFENSORES PUBLICOS  Y JUECES NO ACEPTAN Y CUESTIONAN DESTITUCIONES DE  JUECES  DE SANTIAGO 


Otra vez enluta el consejo del poder judicial la institucionalidad del país en lo que respecta de la administración de justicia. El acto de la justicia debe mantenerse pulcro y firme respetando los derechos fundamentales con la misma fidelidad que dispensa la brújula al polo.

Ya las decisiones de los jueces no se atacan con los recursos pertinentes, sino mediante denuncias populares para que el órgano inquisidor en cuestión rinda pleitesia al desorden y a la presión.

Los cargos ahora se circunscriben a que el juez de paz Marchena otorgó una garantía económica en un caso donde la mediocridad disponía otra aberración. Aunque el imputado está presente y su proceso sigue ya está decisión de marras predispone al órgano de juicio mediante un mensaje de muerte en detrimento suyo.

De esa manera no se da ningún ejemplo, solamente nos abochorna y nos avergüenza como nación.

POSICION DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SANTIAGO SOBRE LA DESTITUCION DE LOS MAGISTRADOS LUISA GARCIA Y GABRIEL MARCHENA.

Nosotros, los Defensores Públicos de Santiago, mediante la presente declaración queremos manifestar nuestra más enérgica expresión de rechazo ante la decisión emanada del Consejo del Poder Judicial destituyendo de sus posiciones de jueces a los Magistrados Luisa García y Gabriel Marchena Adames.

Estas decisiones que sancionan con la destitución a los referidos Magistrados constituyen un precedente nefasto para el sistema de justicia de la República Dominicana. Los mismos se caracterizaron en la sagrada y elevada misión de administrar justicia por decisiones apegadas al derecho, cuyo único pecado fue no coincidir con la política de presión y persecución llevada a cabo por quienes fueron sus detractores y acusadores, quienes coronaron su labor de acoso y derribo en contra de dichos Magistrados con el triste mérito de lograr que dos Jueces ejemplares por los demostrados conocimientos técnicos, como los anteriormente citados, fueran separados de sus funciones.

Es oportuno destacar que en las decisiones emanadas por el Consejo del Poder Judicial, en las cuales se decidió separar a los Magistrados Luisa García y Gabriel Marchena Adames no se les retuvo ningún tipo de faltas que pongan en entredicho su honestidad ni las prendas morales que adornan a estos probos y competentes Jueces.

La discusión en el marco del proceso disciplinario que se les siguió a los aludidos Magistrados giró en torno a si las decisiones tomadas por estos en los casos que se les sometieron, eran conformes o no a la Constitución de la República y leyes adjetivas. En ese orden de ideas, se hace oportuno poner de relieve que estos Magistrados se legitimaron en tanto que cada una de las decisiones sometidas a su escrutinio fueron fundamentadas y sustanciadas en derecho sin que obrase ningún otro componente que no fuera la recta, inquebrantable y elevada misión de administrar justicia.

Los Defensores Públicos de este Distrito Judicial de Santiago, ciudad caracterizada por ser la pionera en levantar la voz en distintos episodios históricos en los cuales se han conculcado derechos y libertades del pueblo, como operadores de justicia de primera línea en la litigación penal, vemos con alta preocupación las repercusiones que generará en los espíritus de nuestros Jueces el dictamen disciplinario emanado del máximo órgano de control de disciplina judicial de nuestro país. No es posible que en esta ciudad prime el Reino del Miedo y que como resultado de este deplorable fallo en lo adelante los Juzgadores sientan sobre sus cuellos la afilada espada de una potencial destitución que corte de un tajo sus carreras si no emiten decisiones que, aunque apegadas al derecho, no complazcan sectores que ejercen una clara injerencia en los asunto que son de la exclusiva competencia de los Jueces, únicos con mandato para interpretar el derecho.

En el marco de un Estado Social, Democrático y de Derecho se asume como función esencial de los poderes públicos la protección efectiva de los derechos y libertades fundamentales, verdadera fuente de legitimación de estos; como consagra nuestra Carta Magna, en donde el poder judicial es el verdadero garante de este. En ese tenor, los principios de imparcialidad e independencia, esta última verdadera institución jurídica, sobre el que se ha construido las bases de nuestro sistema jurídico y político, hoy puesto en tela de juicio. Evidentemente, que la destitución de estos Honorables Magistrados, asesta un duro golpe a los postulados que acabamos de mencionar. 

Como podrá notarse a todo lo largo de este documento nos hemos referido a los ciudadanos Luisa García y Gabriel Marchena Adames como Magistrados, porque hasta tanto no se agoten todas las vías recursivas tanto del derecho nacional como supranacional, seguirán siendo Honorables Magistrados. 

Tenemos la firme convicción de que más temprano que tarde habrá de reconocerse que para la buena salud de un sistema judicial orientado en los valores y principios superiores, sancionar un Juez por emitir una sentencia que no le guste a determinados sectores, constituye un grave peligro para la concreción efectiva de la seguridad jurídica, baluarte inexorable para la construcción de un verdadero Estado Constitucional de Derecho y la vigencia misma de la democracia. 

Muy atentamente los Defensores Públicos abajo firmantes:

Licdo. Pablo R. Santos. Lic. Grimaldi Ruiz.

Lic. Bernardo Jiménez. Lic. Karen Santana. 

Lic. Marcos Romero. Lic. Daisy Valerio.

Lic. Laura Rodríguez. Lic. Gregorina Suero.

Lic. Dharianna Morel. Lic. Sandy Peralta.

Lic. Wendy Mejía. Licda. Nancy Hernández. 

Lic. Isaías Pérez. Lic. Sergio Montero

Presidente Junta Central Electoral acusa Comisión Interamericana de los Derechos Humanos de violar los derechos del país

Presidente JCE acusa CIDH de violar los derechos del país:

30 Octubre 2012, 11:53 PM
Presidente JCE acusa CIDH de violar los derechos del país
Escrito por: SOILA PANIAGUA (s.paniagua@hoy.com.do)

El doctor Roberto Rosario considera que el organismo de los derechos humanos viola derechos del país al  proceder sobre la demanda de descendientes de haitianos que reclaman la ciudadanía dominicana. Dijo que se trata de una acción temeraria.

La Junta Central Electoral (JCE) presentará una nota de protesta ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) por violar los derechos del país como Estado miembro  de ese organismo “al violentar   procedimientos” cuando  convocó para el 2 de noviembre una   audiencia para conocer  denuncias de grupos internacionales y organizaciones no gubernamentales sobre derechos a la nacionalidad de dominicanos de ascendencia haitiana.

Roberto Rosario,  no obstante,  informó que ya se apoderó al Ministerio de Relaciones Exteriores para que maneje ese expediente ante  la CIDH.

Las fallas.  Según Rosario, la primera falla fue que la tramitación de la solicitud para que el país acuda a la audiencia que se inició el día 20, cuando los reglamentos indican que se debe notificar con por lo menos un mes de antelación.

Otra  es que los denunciantes no  presentaron  hechos puntuales, ni nombres  que muestren la violación de  derechos específicos.

“Lo que estamos viendo es una acción temeraria con el único propósito de  dañar la imagen de República Dominicana”,  consideró.

 Reiteró que hay un procedimiento para obtener la nacionalidad o ciudadanía dominicana “quien pretenda merecer ese derecho debe recurrir  a los procedimientos legales conocidos, como hacen todos”.

(Via Hoy.com.do)

via Blogger http://ajasociados.blogspot.com/2012/10/presidente-junta-central-electoral.html

Presidente Junta Central Electoral acusa Comisión Interamericana de los Derechos Humanos de violar los derechos del país

Presidente JCE acusa CIDH de violar los derechos del país:

30 Octubre 2012, 11:53 PM
Presidente JCE acusa CIDH de violar los derechos del país
Escrito por: SOILA PANIAGUA (s.paniagua@hoy.com.do)

El doctor Roberto Rosario considera que el organismo de los derechos humanos viola derechos del país al  proceder sobre la demanda de descendientes de haitianos que reclaman la ciudadanía dominicana. Dijo que se trata de una acción temeraria.

La Junta Central Electoral (JCE) presentará una nota de protesta ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) por violar los derechos del país como Estado miembro  de ese organismo “al violentar   procedimientos” cuando  convocó para el 2 de noviembre una   audiencia para conocer  denuncias de grupos internacionales y organizaciones no gubernamentales sobre derechos a la nacionalidad de dominicanos de ascendencia haitiana.

Roberto Rosario,  no obstante,  informó que ya se apoderó al Ministerio de Relaciones Exteriores para que maneje ese expediente ante  la CIDH.

Las fallas.  Según Rosario, la primera falla fue que la tramitación de la solicitud para que el país acuda a la audiencia que se inició el día 20, cuando los reglamentos indican que se debe notificar con por lo menos un mes de antelación.

Otra  es que los denunciantes no  presentaron  hechos puntuales, ni nombres  que muestren la violación de  derechos específicos.

“Lo que estamos viendo es una acción temeraria con el único propósito de  dañar la imagen de República Dominicana”,  consideró.

 Reiteró que hay un procedimiento para obtener la nacionalidad o ciudadanía dominicana “quien pretenda merecer ese derecho debe recurrir  a los procedimientos legales conocidos, como hacen todos”.

(Via Hoy.com.do)

REQUISITOS PARA DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCIÓN EN SANTO DOMINGO. (Actualizado 1 Noviembre 2012)

REQUISITOS PARA DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCIÓN EN SANTO DOMINGO. (Actualizado 1 Noviembre 2012)

REQUISITOS PARA DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCIÓN.

Requisitos para DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCION, de fallecimientos ocurridos en SANTO DOMINGO, REP. DOM.

1. CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN EXPEDIDA POR LA CLÍNICA U HOSPITAL

2. CERTIFICADO DE INHUMACIÓN EXPEDIDA POR EL AYUNTAMIENTO DONDE CONSTE QUE EL CADAVER FUE SEPULTADO.

3. CÉDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL DEL FALLECIDO

4. CÉDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL DEL DECLARANTE

5. ACTA DE NACIMIENTO DEL FALLECIDO

6. ACTA DE MATRIMONIO ( EN CASO DE QUE EL (A) FALLECIDO (A) SEA CADADO (A))

7. CERTIFICADO DE NO DECLARACIÓN DE DEFUNCIÓN DE LAS SIGUIENTES OFICIALÍA:

A) PRIMERA, C/ SANTIAGO ESQ. DANAE, GAZCUE, TEL. 809-686-6865.

B) SEGUNDA, C/ DR. DELGADO ESQ. AV. 27 DE FEBRERO, DON BOSCO, TEL. 809-689-7165

C) TERCERA, C/ MANUEL FERNANDEZ MARMOL ESQ. C/ 14 NORTE, ENS. LUPERON, TEL. 809-681-9760

D) SEXTA, C/ RAFAEL J. CASTILLO ESQ. NICOLAS DE OVANDO # 103, CRISTO REY, TEL. 809-541-0483

E) DECIMA, C/ ROMULO BETANCOURT ESQ. PRIVADA, PLAZA COLOMBINA, TEL 809-537-2062

Opcionalmente: pueden ser requeridas CERTIFICACIONES DE NO DECLARACION DE DEFUNCION de otras oficialías.

Si el fallecido es sepultado en el interior del pais, necesitaran adicionalmente la CERTIFICADO DE NO DECLARACIÓN DE DEFUNCIÓN de la o las oficialías correspondientes.

** (ORIGINAL Y TRES JUEGOS DE COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS) **

***Para más información llamar al Teléfono (809) 566-3529 ó al (809) 686-8678***

REQUISITOS PARA DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCIÓN EN SANTO DOMINGO. (Actualizado 1 Noviembre 2012)

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REQUISITOS PARA DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCIÓN.

Requisitos para DECLARACIONES TARDIAS DE DEFUNCION, de fallecimientos ocurridos en SANTO DOMINGO, REP. DOM.

1. CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN EXPEDIDA POR LA CLÍNICA U HOSPITAL


2. CERTIFICADO DE INHUMACIÓN EXPEDIDA POR EL AYUNTAMIENTO DONDE CONSTE QUE EL CADAVER FUE SEPULTADO.

3. CÉDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL DEL FALLECIDO

4. CÉDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL DEL DECLARANTE

5. ACTA DE NACIMIENTO DEL FALLECIDO

6. ACTA DE MATRIMONIO ( EN CASO DE QUE EL (A) FALLECIDO (A) SEA CADADO (A))

7. CERTIFICADO DE NO DECLARACIÓN DE DEFUNCIÓN DE LAS SIGUIENTES OFICIALÍA:

A) PRIMERA, C/ SANTIAGO ESQ. DANAE, GAZCUE, TEL. 809-686-6865.

B) SEGUNDA, C/ DR. DELGADO ESQ. AV. 27 DE FEBRERO, DON BOSCO, TEL. 809-689-7165

C) TERCERA, C/ MANUEL FERNANDEZ MARMOL ESQ. C/ 14 NORTE, ENS. LUPERON, TEL. 809-681-9760

D) SEXTA, C/ RAFAEL J. CASTILLO ESQ. NICOLAS DE OVANDO # 103, CRISTO REY, TEL. 809-541-0483

E) DECIMA, C/ ROMULO BETANCOURT ESQ. PRIVADA, PLAZA COLOMBINA, TEL 809-537-2062

Opcionalmente: pueden ser requeridas CERTIFICACIONES DE NO DECLARACION DE DEFUNCION de otras oficialías.

Si el fallecido es sepultado en el interior del pais,  necesitaran adicionalmente la CERTIFICADO DE NO DECLARACIÓN DE DEFUNCIÓN de la o las oficialías correspondientes.

   ** (ORIGINAL Y TRES JUEGOS DE COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS) **

          ***Para más información llamar al Teléfono (809) 566-3529 ó al (809) 686-8678***

Solicita a la SCJ anular decisión Bahía de las Águilas

Publicada por Diario Libre
JUSTICIA|30 OCT|POR DIARIO LIBRE

SD. La Fiscalía del Distrito Nacional recurrió en casación la sentencia 273-2012, del 8 de octubre, que declaró extinguido el caso Bahía de las Águilas, dictada por el Segundo Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

En sus motivaciones, hechas a la SCJ, expone que el tribunal aplicó de manera incorrecta las disposiciones del artículo 44 numeral 11, y el artículo 47 del Código Procesal Penal, «toda vez que de oficio, es decir, sin ser solicitado por las partes, procedió a declarar extinguida por prescripción de la acción penal el proceso seguido contra Rafael A. Rodríguez Guzmán, Jaime Rodríguez Guzmán y Reyna Margarita Martínez, no obstante ser los imputados quienes habían, por más de una década, obstaculizado el conocimiento del proceso».

Además, considera que la extinción por prescripción es a todas luces improcedente en virtud de que no se dan ningunas de las causales para proceder a declarar la prescripción.

via Blogger http://ajasociados.blogspot.com/2012/10/solicita-la-scj-anular-decision-bahia.html

Destituyen jueza de Santiago por liberar presuntos criminales

Publicado por Diario Libre
JUSTICIA|30 OCT|POR FEDERICO MÉNDEZGUARDADO EN:JUEZA, FALTAS, DESTITUCIÓM, SANTIAGO

Destituyen jueza de Santiago por liberar presuntos criminales

Manifestó que puso en libertad a los imputados sin audiencias

SD. El Consejo del Poder Judicial (CPJ) destituyó a una jueza de Santiago, acusada de favorecer con decisiones de manera administrativa a imputados en graves crímenes, entre ellos narcotráfico y homicidio.

Luisa Rosa García Polanco, de la Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, fue declarada culpable de la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La magistrada tomó las decisiones actuando como jueza de Atención Permanente.

Consideraron que resulta más que imprudente y dañina a la sociedad la conducta de la jueza procesada «al haber dictado de forma imprudente siete resoluciones de manera administrativa, mediante las cuales declaraba la inadmisibilidad de medidas de coerción, en contra de varios imputados, acusados de casos graves, entre ellos por violación a la Ley 50-88, sobre tráfico y consumo de drogas, robo calificado, asociación de malhechores, porte y tenencia de armas, uso de billetes falsos, golpes y heridas». Cita los casos de Franklin del Rosario Báez, a quien favoreció con una medida de coerción de presentación consistente en presentación periódica los días 15 y 30 de cada mes, a pesar de que está acusado de darle muerte al Jeffry Fernández Rodríguez Méndez.

También de la declaratoria de inadmisible a las solicitudes de medidas de coerción y disponer la libertad de Santiago de Jesús Cabrera Román, Octavio de Jesús Aracena López, José de Jesús Ceballos, Lorenzo Alberto Batista Vargas y o Darwin Emilio Muñoz Diloné, acusados de violar la Ley 50-88.

Asimismo, Renso Etanislao Ureña Collado, imputado de asociación de malhechores y robo calificado; Luis Manuel León, por asociación de malhechores y falsificaciones de escritura pública; Lorenzo Alberto Batista Vargas, de robo calificado, y José Miguel Rosa Polanco, acusado de violencia contra la mujer.

El CPJ sostiene que al ordenar la puesta en libertad de todos los acusados, el 20 de marzo de 2011, «no cumplió con el deber que le imponían las disposiciones legales, lo que ha causado un gran daño a la sociedad, así como a la víctima».

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Solicita a la SCJ anular decisión Bahía de las Águilas

Publicada por Diario Libre
JUSTICIA|30 OCT|POR DIARIO LIBRE

SD. La Fiscalía del Distrito Nacional recurrió en casación la sentencia 273-2012, del 8 de octubre, que declaró extinguido el caso Bahía de las Águilas, dictada por el Segundo Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

En sus motivaciones, hechas a la SCJ, expone que el tribunal aplicó de manera incorrecta las disposiciones del artículo 44 numeral 11, y el artículo 47 del Código Procesal Penal, «toda vez que de oficio, es decir, sin ser solicitado por las partes, procedió a declarar extinguida por prescripción de la acción penal el proceso seguido contra Rafael A. Rodríguez Guzmán, Jaime Rodríguez Guzmán y Reyna Margarita Martínez, no obstante ser los imputados quienes habían, por más de una década, obstaculizado el conocimiento del proceso».

Además, considera que la extinción por prescripción es a todas luces improcedente en virtud de que no se dan ningunas de las causales para proceder a declarar la prescripción.